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	<title>ACU Altoaragón</title>
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	<description>Asociación de Consumidores y Usuarios &#039;Altoaragón&#039;</description>
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		<title>Nueva sede de la Asociación</title>
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		<pubDate>Fri, 20 Apr 2012 08:54:30 +0000</pubDate>
		<dc:creator>adminNet314</dc:creator>
				<category><![CDATA[General]]></category>

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		<description><![CDATA[Aunque ya hace unos días que nos hemos trasladado a la nueva sede en la...]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Aunque ya hace unos días que nos hemos trasladado a la nueva sede en la <strong>Calle Barbastro 3, 1º D (Huesca)</strong>, nos gustaría enseñaros algunas fotos que hemos hecho de las nuevas instalaciones:</p>
<div id="attachment_411" class="wp-caption aligncenter" style="width: 410px"><a rel="attachment wp-att-411" href="http://www.acualtoaragon.org/2012/04/20/nueva-sede-de-la-asociacion/nueva-acu-00/"><img class="size-full wp-image-411" title="Recepción" src="http://www.acualtoaragon.org/wp-content/uploads/2012/04/nueva-acu-00.jpg" alt="Recepción" width="400" height="300" /></a><p class="wp-caption-text">Recepción</p></div>
<div id="attachment_412" class="wp-caption aligncenter" style="width: 410px"><a rel="attachment wp-att-412" href="http://www.acualtoaragon.org/2012/04/20/nueva-sede-de-la-asociacion/nueva-acu-01/"><img class="size-full wp-image-412" title="Despachos" src="http://www.acualtoaragon.org/wp-content/uploads/2012/04/nueva-acu-01.jpg" alt="Despachos" width="400" height="300" /></a><p class="wp-caption-text">Despachos</p></div>
<div id="attachment_413" class="wp-caption aligncenter" style="width: 410px"><a rel="attachment wp-att-413" href="http://www.acualtoaragon.org/2012/04/20/nueva-sede-de-la-asociacion/nueva-acu-02/"><img class="size-full wp-image-413" title="Aulas" src="http://www.acualtoaragon.org/wp-content/uploads/2012/04/nueva-acu-02.jpg" alt="Aulas" width="400" height="300" /></a><p class="wp-caption-text">Aulas</p></div>
<div id="attachment_414" class="wp-caption aligncenter" style="width: 410px"><a rel="attachment wp-att-414" href="http://www.acualtoaragon.org/2012/04/20/nueva-sede-de-la-asociacion/nueva-acu-03/"><img class="size-full wp-image-414" title="Sala de Juntas" src="http://www.acualtoaragon.org/wp-content/uploads/2012/04/nueva-acu-03.jpg" alt="Sala de Juntas" width="400" height="300" /></a><p class="wp-caption-text">Sala de Juntas</p></div>
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		<title>SUBEN LAS COMISIONES BANCARIAS, SEGUN UN ESTUDIO DE CEACCU.</title>
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		<pubDate>Wed, 14 Sep 2011 17:43:46 +0000</pubDate>
		<dc:creator>editorACU</dc:creator>
				<category><![CDATA[Bancos / Seguros / Gestorías]]></category>

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		<description><![CDATA[Un estudio de CEACCU (Confederación Española de Organizaciones de Amas de Casa, Consumidores y Usuarios)...]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p style="text-align: justify;"><a rel="attachment wp-att-380" href="http://www.acualtoaragon.org/2011/09/14/suben-las-comisiones-bancarias-segun-un-estudio-de-ceaccu/banca/"><img class="alignleft size-full wp-image-380" title="Suben las Comisiones" src="http://www.acualtoaragon.org/wp-content/uploads/2011/09/banca.bmp" alt="" width="147" height="200" /></a>Un estudio de CEACCU (Confederación Española de Organizaciones de Amas de Casa, Consumidores y Usuarios) constata que, el precio de las comisiones bancarias ha subido en un año entre el 6,8 % y el 34% a pesar de encontrarnos en un contexto de crisis económica y de los notables beneficios registrados en el sector financiero.</p>
<p style="text-align: justify;">
<p style="text-align: justify;">Las entidades financieras con las comisiones más elevadas son, por orden, Banesto, Banco Sabadell, Bankia, Banco Valencia, Banco Santander, BBVA y Banco Popular. Las comisiones más baratas las ofrece BBK, seguida por Caja Laboral, Caja España, Cajastur y Bankinter. El estudio se ha realizado entre las 18 entidades bancarias más importantes de España y mediante la técnica de la pseudocompra en 135 sucursales de las 9 principales ciudades.</p>
<p style="text-align: justify;">Por ciudades, Barcelona y Gijón son las localidades en las que se observa el mayor número de cobro de comisiones. Por el contrario, Valladolid y Valencia son las ciudades donde se cargan menos comisiones a los clientes por sus operaciones bancarias.</p>
<p style="text-align: justify;">
<p style="text-align: justify;">Además, el estudio concluye que la información proporcionada por los asesores bancarios sobre el cobro de comisiones no siempre es transparente, detallada y completa, sobre todo en aquellos productos y operaciones que no son objeto de bonificaciones o exenciones. Ceaccu recuerda que las entidades utilizan la exención en la comisión de mantenimiento y administración de cuenta como uno de los principales ganchos para la captación de nuevos clientes. Para ello, ofrecen a los nuevos clientes la posibilidad de eliminar las comisiones, de forma permanente o temporal, en los productos o servicios bancarios más utilizados por los particulares. La tarjeta de débito suele ofrecerse sin coste alguno de forma temporal, durante el primer año, o de forma permanente. La exención temporal no siempre está sujeta al cumplimiento de requisitos, ya que constituye otro de los ganchos para la captación de clientes.</p>
<p style="text-align: justify;">
]]></content:encoded>
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		<title>COMIENZAN LAS REBAJAS DE VERANO</title>
		<link>http://www.acualtoaragon.org/2011/06/22/comienzan-las-rebajas-de-verano/</link>
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		<pubDate>Wed, 22 Jun 2011 17:31:18 +0000</pubDate>
		<dc:creator>editorACU</dc:creator>
				<category><![CDATA[General]]></category>

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		<description><![CDATA[Con la llegada del verano comienza oficialmente la temporada de rebajas para el pequeño comercio...]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Con la llegada del verano comienza oficialmente la temporada de rebajas para el pequeño comercio aragonés, aunque las grandes superficies y franquicias tendrán que esperar al 1 de julio. Para compensar la ventaja que de por sí tienen las grandes cadenas con su potencial publicitario, el Ejecutivo autonómico decidió el pasado año adelantar una semana la campaña de rebajas al pequeño comercio.</p>
<p>El consumidor, si tiene en cuenta unas pautas elementales, puede beneficiarse de este tipo de ventas y adquirir productos de temporada a precios muy interesantes. Los derechos de los consumidores son los mismos todo el año, no pueden ser “rebajados”.</p>
<p> Los productos ofrecidos han de ser los de  la temporada y tener la misma calidad que los ofertados antes de las rebajas. Por supuesto, nunca podrán ser productos defectuosos ( las rebajas no son saldos), ni fabricados expresamente para estas ventas.  En el comercio deben presentarse diferenciados los artículos rebajados de los que presentan un precio normal.</p>
<p> Como siempre, el consumidor tiene derecho a una información completa y clara, en precios y en etiquetas. La ley obliga a mantener el precio anterior junto al rebajado. Los productos de rebajas deben estar correctamente etiquetados, en cumplimiento de la normativa vigente.</p>
<p> El comercio deberá entregar un ticket o justificante de compra, como los de cualquier época de ventas en el que figuren los datos del vendedor, el precio y el IVA, en su caso. El establecimiento está obligado a admitir tarjetas de crédito, si lo hace habitualmente, a no ser que lo haga constar en lugar visible para el comprador. En ningún caso el vendedor podrá cobrar al cliente el porcentaje de cargo de las tarjetas de crédito.</p>
<p> En cuanto a las devoluciones, se tiene el derecho a la devolución de los artículos en las mismas condiciones de otras fechas, sin embargo no hay que olvidar que el vendedor sólo está obligado,  por la ley, a cambiar el artículo defectuoso o en mal estado. Asimismo los productos deberán mantener las mismas condiciones de garantía y servicio posventa que en periodos normales.</p>
<p> <strong><span style="text-decoration: underline">CONSEJOS:</span></strong></p>
<ul>
<li> <a rel="attachment wp-att-372" href="http://www.acualtoaragon.org/2011/06/22/comienzan-las-rebajas-de-verano/rebajas23/"><img class="alignleft size-medium wp-image-372" src="http://www.acualtoaragon.org/wp-content/uploads/2011/06/rebajas23-300x250.jpg" alt="" width="300" height="250" /></a>Compre conscientemente y no se deje llevar por reclamos: Prepare una lista con lo que realmente necesita, asegúrese de que la compra es útil para usted y no compre más cantidad ( los 3-por-2 ) si no le va a resultar rentable.</li>
<li>Compruebe que el artículo que le interesa está efectivamente rebajado, compare el precio actual con el anterior que debe figurar en la etiqueta.</li>
<li>Solicite siempre el ticket o factura. Es un documento imprescindible para poder tramitar cualquier reclamación</li>
<li>Recuerde que sus derechos como consumidor son los mismos que en sus compras habituales. No haga concesiones a este respecto.</li>
<li>Y, sobre todo, no olvide su derecho a reclamar  en caso de que se vulneren sus derechos.</li>
</ul>
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		<item>
		<title>PRACTICAS COMERCIALES DESLEALES</title>
		<link>http://www.acualtoaragon.org/2011/06/08/practicas-comerciales-desleales/</link>
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		<pubDate>Wed, 08 Jun 2011 17:43:54 +0000</pubDate>
		<dc:creator>editorACU</dc:creator>
				<category><![CDATA[General]]></category>

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		<description><![CDATA[Las prácticas comerciales desleales son actividades desarrolladas por un empresario para fomentar la contratación de...]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><a rel="attachment wp-att-368" href="http://www.acualtoaragon.org/2011/06/08/practicas-comerciales-desleales/consumidor/"><img class="alignleft size-medium wp-image-368" src="http://www.acualtoaragon.org/wp-content/uploads/2011/06/CONSUMIDOR-225x300.jpg" alt="" width="225" height="300" /></a>Las prácticas comerciales desleales son actividades desarrolladas por un empresario para fomentar la contratación de modo contrario a la buena fe del consumidor. Existen leyes  que protegen a los consumidores frente a esas malas prácticas, se trata de la Ley 29/2009, de 30 de diciembre y la Ley General para la Defensa de los Consumidores y usuarios y otras leyes complementarias.</p>
<p>Algunas de estas prácticas comerciales desleales, que están prohibidas por la Ley y que, por tanto,  deben considerarse ilícitas, son :</p>
<ul>
<li><strong>Ofertas limitadas (siendo falso) : ¡venta en liquidación, últimos días!.</strong> Cuando se afirma falsamente esto, animando al consumidor a comprar.</li>
<li><strong>Promoción de derechos reconocidos legalmente.</strong> <strong>“¡Dos años de garantía!”. </strong>Por ley, todos los artículos de consumo duradero tienen esta garantía, no nos están ofreciendo ninguna ventaja frente a otros.</li>
<li><strong>Publicidad de productos de venta ilegal o que requieran un determinado canal de distribución</strong><em>: <strong>“Viagra a 1 </strong>€”</em> (es un medicamento que no se vende sin receta médica y no se puede publicitar)<strong> . </strong></li>
<li><strong>Servicio postventa en idioma distinto del empleado para la comercialización. </strong>Ej: billete de avión adquirido en español y cualquier trámite posterior hay que hacerlo en inglés. </li>
<li><strong>Exigencia de un precio tras haber anunciado el producto o servicio como “gratuito”, “regalo” o “sin gastos”.</strong></li>
<li><strong>Negativa a entregar un premio que se ha ofrecido o crear en el consumidor la falsa impresión de que se ha ganado algo.</strong></li>
<li><strong>Falsas afirmaciones sobre las propiedades curativas de un producto. </strong>Ej: pulseras o filtros de agua que dicen que curan o ayudan a prevenir enfermedades.</li>
<li><strong>Empresario disfrazado de consumidor.</strong> Ej: Vendedor de vivienda de segunda mano coloca un anuncio de venta, sin identificar a su empresa, simulando ser un particular.</li>
<li><strong>Exhortación directa a los menores para el consumo</strong>. Ej<em>: “¡No seas el único que se queda sin tu álbum de cromos! ¡Pídelo a tus padres!”.</em></li>
</ul>
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		</item>
		<item>
		<title>VIAJES: DAÑOS Y PERDIDA DE EQUIPAJES</title>
		<link>http://www.acualtoaragon.org/2011/03/30/viajes-danos-y-perdida-de-equipajes/</link>
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		<pubDate>Wed, 30 Mar 2011 16:38:39 +0000</pubDate>
		<dc:creator>editorACU</dc:creator>
				<category><![CDATA[General]]></category>

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		<description><![CDATA[  Reclamar en los viajes de autobús En un viaje de autobús los pasajeros tienen...]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><strong> </strong></p>
<p><strong><span style="text-decoration: underline">Reclamar en los viajes de autobús</span></strong></p>
<p>En un viaje de autobús los pasajeros tienen derecho a transportar de forma gratuita su equipaje de hasta 30 kilogramos. Y la empresa asume la obligación de entregarlo a los pasajeros en destino. Si la maleta sufre desperfectos o es robada, la responsabilidad de la compañía de autobuses se limita a 14,50 euros por kilogramo, si no se ha firmado ningún otro pacto entre la empresa y el viajero. Si la maleta porta en su interior objetos de gran valor, conviene acordar con el transportista unos límites superiores de responsabilidad, aunque ello suponga pagar una cantidad adicional. En general, cuando se produce una reclamación por pérdida o extravío de equipaje se realiza una estimación del peso que va desde los 20 hasta los 30 kilogramos.</p>
<p>Puede ocurrir que en el transcurso del viaje, la maleta sufra golpes o desperfectos y que parte de su contenido se derrame o extienda por el maletero manchándose o incluso rompiéndose. En estos casos, además de la indemnización por desperfectos en las bolsas de viaje de 14,5 euros por kilogramo que la ley establece, se puede reclamar la compensación por los gastos de limpieza de sus prendas. Pero nunca la indemnización total superará el tope máximo de 14,50 euros por kilo, y es obligatorio presentar en su reclamación las facturas que el problema haya ocasionado.</p>
<h2> </h2>
<p>Conviene solicitar en el acto, aunque el plazo legal sea de 48 horas, la hoja de reclamaciones. En ella se detallará el estado inicial del equipaje y los daños ocasionados durante el viaje, además de la identificación del desplazamiento. Si la oferta indemnizatoria no satisface al viajero, éste puede acudir a las Juntas Arbitrales de Consumo y a la Junta Arbitral de Transporte de su comunidad autónoma. Ambos servicios son gratuitos.</p>
<p>La vigilancia y responsabilidad de los bolsos de mano recaen sobre el propio viajero. Por tanto, los daños que sufran estos bultos no serán reclamables, salvo que se pruebe la responsabilidad de la empresa.</p>
<p><strong><span style="text-decoration: underline">En tren</span></strong></p>
<p>La compañía sólo responderá por los bultos facturados, mientras que la responsabilidad del equipaje que acompaña al pasajero es sólo suya. En los incidentes con el equipaje facturado, la compensación económica es de 14,50 euros por kilo que falte o se dañe, hasta un máximo de 600 euros por viajero. Las incidencias con el equipaje sin facturar y bajo la custodia del viajero no se indemnizan. Ahora bien, ¿en qué trenes es posible facturar maletas? Ni en los de media distancia ni en los de cercanías se admite la facturación, pero ambos permiten llevar bultos de mano con un peso de hasta 20 kilogramos. RENFE señala que los trenes AVE tampoco permiten la facturación y establece que el pasajero puede viajar con una maleta o bolsa de mano, que será escaneada por motivos de seguridad. Paradójicamente, la web del AVE establece la indemnización por robo o pérdida del equipaje facturado hasta 300 euros por bulto.<strong> </strong></p>
<h3><span style="text-decoration: underline">En avión</span></h3>
<p><strong> </strong>Cuando la maleta no aparece en la cinta transportadora, el primer paso es acudir al mostrador de la compañía, situado en la propia sala de recogida, y cumplimentar el Parte de Irregularidad de Equipaje (PIR), documento en el que el pasajero informará sobre el número de vuelo, los bultos perdidos y la descripción de la maleta. Se debe conservar la copia del parte, así como el talón de equipaje, los códigos que se pegan en la tarjeta de embarque cuando se facturan las maletas. También se guardarán las facturas o tickets de compra relacionados con el problema.</p>
<p>Si el equipaje aparece en las horas o días siguientes lo más conveniente es tramitar una reclamación (protesta, en términos de aviación) por retraso. En este caso, el Convenio de Montreal -tratado que regula las incidencias con las compañías aéreas- establece que la protesta se puede efectuar en los 21 días siguientes a la fecha en la que debería haber llegado la maleta. Aunque no se fija un plazo de tiempo para las protestas por equipaje perdido, lo aconsejable es realizar la reclamación pasados los 21 días en los que la maleta haya permanecido extraviada, o después de que la aerolínea haya confirmado su pérdida. Si lo que se desea es protestar porque la maleta ha sufrido daños y deterioros, se dispone de siete días para hacerlo. Ahora bien, la mayoría de las compañías asumen sólo la responsabilidad sobre los daños mayores, y no sobre los producidos por el desgaste inevitable en la manipulación del equipaje. Así, no se responsabilizan de los desperfectos en ruedas y asas, de las manchas propias del uso, ni de cortes y abolladuras.</p>
<p>Por otra parte, el Convenio de Montreal establece la posibilidad de protestar por los daños del equipaje no facturado, pero sólo si la responsabilidad del deterioro recae en la propia compañía o sus agentes. Se puede reclamar en el acto o en los siete días siguientes a partir del momento en que se produjo el daño.</p>
<h2> </h2>
<p>Siempre que un equipaje no aparece en la cinta de recogida, la compañía debe entregar un kit de pernocta a los pasajeros no residentes en la escala donde se produce la incidencia. En cuanto a la indemnización, el Convenio de Montreal no establece importes tasados, sino un límite máximo para todos los supuestos -extravío, retraso y daños- de 1.000 Derechos Especiales de Giro (DEG). Se trata de una unidad definida por el Fondo Monetario Internacional, cuyo valor es la suma de determinadas cantidades de monedas internacionales. En estos momentos, 1.000 DEG equivalen a unos 1.160 euros. Esto no quiere decir que la compañía conceda la misma indemnización en caso de pérdida que ante el retraso de varios días en la entrega de una maleta. El procedimiento habitual es que la aerolínea oferte una compensación diferente en cada situación sin superar el límite máximo de 1.000 DEG. Por tanto, la cuantía exacta no se calcula de acuerdo al peso ni al perjuicio causado, aunque algún tribunal ha entendido válido aplicar el límite máximo que se establece en el transporte de carga. Atendiendo a esta situación, la responsabilidad del transportista en caso de destrucción, pérdida, avería o retraso se limita a 17 DEG por kilogramo, 19,72 euros por kilo. En cualquier caso, el viajero puede reclamar por daño moral, sobre todo cuando el equipaje se extravía o retrasa en un aeropuerto distinto al de la ciudad en que reside.</p>
<p><strong> <a rel="attachment wp-att-348" href="http://www.acualtoaragon.org/2011/03/30/viajes-danos-y-perdida-de-equipajes/travelling-woman-3/"><img class="alignleft size-medium wp-image-348" src="http://www.acualtoaragon.org/wp-content/uploads/2011/03/equipaje2-200x300.jpg" alt="" width="200" height="300" /></a><a rel="attachment wp-att-341" href="http://www.acualtoaragon.org/2011/03/30/viajes-danos-y-perdida-de-equipajes/travelling-woman/"></a></strong></p>
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		</item>
		<item>
		<title>NUEVA LEY DE SERVICIOS DE ATENCIÓN AL CLIENTE</title>
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		<pubDate>Wed, 30 Mar 2011 16:13:33 +0000</pubDate>
		<dc:creator>editorACU</dc:creator>
				<category><![CDATA[General]]></category>

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		<description><![CDATA[El Consejo de Ministros ha aprobado recientemente el Proyecto de Ley de Servicios de Atención...]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<div id="attachment_327" class="wp-caption alignleft" style="width: 310px"><a rel="attachment wp-att-327" href="http://www.acualtoaragon.org/2011/03/30/nueva-ley-de-servicios-de-atencion-al-cliente/smiling-businesswoman-wearing-a-phone-headset/"><img class="size-medium wp-image-327" title="Atención al Cliente" src="http://www.acualtoaragon.org/wp-content/uploads/2011/03/servicios-de-atención-al-cliente-300x239.jpg" alt="Atención al Cliente" width="300" height="239" /></a><p class="wp-caption-text">Atención al Cliente</p></div>
<p>El Consejo de Ministros ha aprobado recientemente el <strong>Proyecto de Ley de Servicios de Atención al Cliente</strong>. Ante el deficiente funcionamiento de la mayor parte de estos servicios, que deben ser utilizados por los clientes de empresas de suministros, telefonía, etc. para la realización de trámites, consultas o reclamaciones, esta Ley pretende regular el funcionamiento de estos servicios para proteger los derechos de los consumidores. La  Ley obligará principalmente <strong>a las grandes empresas</strong>, empresas de suministros de agua, de gas, de electricidad, empresas de servicios audiovisuales, de telefonía, transporte, seguros o servicios financieros. Se excluye de esta obligación a <strong>las pymes</strong>. Los teléfonos que se pongan a disposición de los clientes <strong>han de ser gratuitos </strong>y no podrán utilizarse estas comunicaciones para ofrecer nuevos productos, ofertas, etc. Además se obligará a estas empresas a tener servicios de atención al cliente <strong>presenciales</strong> y el personal que atienda estos servicios, estar <strong>convenientemente formado </strong>para desempeñar de manera efectiva su trabajo. En cuanto al tiempo de espera para ser atendidos en estos teléfonos, el 90% de las llamadas que se reciban  deberán ser atendidas en un <strong>plazo máximo de 60 segundos</strong>. El plazo máximo en el que las empresas deberán tener resuelto cada expediente será de <strong>un mes</strong>.</p>
<p>Las empresas tendrán que comunicar a sus clientes cómo es el funcionamiento de sus servicios de atención al cliente. Ese información deberá ser facilitada <strong>antes de la firma </strong>de cualquier tipo de contrato y aparecerá <strong>en los contratos y en la página web</strong> de la empresa.</p>
]]></content:encoded>
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		</item>
		<item>
		<title>Descarga el Tríptico &#8220;15 de marzo, día mundial de los derechos del consumidor&#8221;</title>
		<link>http://www.acualtoaragon.org/2011/03/14/descarga-el-triptico-15-de-marzo-dia-mundial-de-los-derechos-del-consumidor/</link>
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		<pubDate>Mon, 14 Mar 2011 18:30:44 +0000</pubDate>
		<dc:creator>editorACU</dc:creator>
				<category><![CDATA[General]]></category>

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		<description><![CDATA[]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<div id="attachment_280" class="wp-caption aligncenter" style="width: 310px"><img class="size-medium wp-image-280" title="Tríptico" src="http://www.acualtoaragon.org/wp-content/uploads/2011/03/Dibujo-300x262.jpg" alt="Tríptico" width="300" height="262" /><p class="wp-caption-text">Tríptico</p></div>
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		<title>15 de marzo, día mundial de los derechos del consumidor</title>
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		<pubDate>Mon, 14 Mar 2011 17:30:03 +0000</pubDate>
		<dc:creator>editorACU</dc:creator>
				<category><![CDATA[General]]></category>

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		<description><![CDATA[El martes, día 15 de marzo se celebra el día mundial de los derechos del...]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p style="text-align: justify"><a rel="attachment wp-att-228" href="http://www.acualtoaragon.org/2011/03/14/15-de-marzo-dia-mundial-de-los-derechos-del-consumidor/john-f-kennedy/"></a><img src="http://www.acualtoaragon.org/wp-content/uploads/2011/03/John-f-kennedy-300x287.jpg" alt="" width="180" height="172" />El martes, día 15 de marzo se celebra el día mundial de los derechos del consumidor. Se celebra este día para conmemorar la fecha, el 15 de marzo de 1962, en la que,  el entonces presidente de Estados Unidos John F. Kennedy, pronuncia en un famoso discurso,  las  palabras que darían fundamento al movimiento de los consumidores: &#8220;Ser consumidor, por definición nos incluye a todos (…) Somos el grupo económico más grande en el mercado, que afecta y es afectado por casi todas las decisiones económicas públicas y privadas&#8230; pero es el único grupo importante cuyos puntos de vista a menudo no son escuchados&#8221;.</p>
<p style="text-align: justify"> </p>
<p style="text-align: justify">Más de veinte años después del discurso de Kennedy, se celebró por primera vez este día y, el 9 de abril de 1985, cuando la Asamblea General de Naciones Unidas adoptó las Directrices de Naciones Unidas para la Protección de los Consumidores, quedaron así los derechos de éstos elevados a una posición de reconocimiento y legitimidad internacional.</p>
<p style="text-align: justify">Este año la Asociación de Amas de Casa, Consumidores y Usuarios ALTOARAGON celebra este día con un interesante conferencia titulada &#8220;Nuevos consumidores: Cómo estamos llevando a las niñas a que consuman como adultos&#8221;, impartida por Dña. Mª Teresa Calero García, psicóloga. Después se ofrecerá un vino español. Los actos se celebrarán en el Salón de Actos de FEACCU-Huesca, C/ Barbastro, nº 3 de Huesca.</p>
<p style="text-align: justify">También con motivo de este día se han editado unos trípticos con derechos de los consumidores en general, en telefonía, en las compras y el sistema arbitral de consumo que se puede descargar en esta misma página.<a rel="attachment wp-att-228" href="http://www.acualtoaragon.org/2011/03/14/15-de-marzo-dia-mundial-de-los-derechos-del-consumidor/john-f-kennedy/"></a></p>
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		<title>CÓMO FUNCIONAN LAS CASAS DE EMPEÑO, TIENDAS DE COMPRA DE ORO, TIENDAS DE SEGUNDA MANO&#8230;</title>
		<link>http://www.acualtoaragon.org/2011/02/21/como-funcionan-las-casas-de-empeno-tiendas-de-compra-de-oro-tiendas-de-segunda-mano/</link>
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		<pubDate>Mon, 21 Feb 2011 18:10:46 +0000</pubDate>
		<dc:creator>editorACU</dc:creator>
				<category><![CDATA[General]]></category>

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		<description><![CDATA[En el momento económico actual, han llegado los negocios de compraventa de oro, tiendas de segunda mano y casas de empeño como forma de conseguir dinero rápido.

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			<content:encoded><![CDATA[<p style="text-align: justify"><a rel="attachment wp-att-213" href="http://www.acualtoaragon.org/2011/02/21/como-funcionan-las-casas-de-empeno-tiendas-de-compra-de-oro-tiendas-de-segunda-mano/compro-oro-6/"></a></p>
<p><a rel="attachment wp-att-213" href="http://www.acualtoaragon.org/2011/02/21/como-funcionan-las-casas-de-empeno-tiendas-de-compra-de-oro-tiendas-de-segunda-mano/compro-oro-6/"><img src="http://www.acualtoaragon.org/wp-content/uploads/2011/02/compro-oro5-150x150.jpg" alt="" width="150" height="150" /></a>En el momento económico actual, hay negocios que desaparecen y otros, muy antiguos, que vuelven a resurgir. Ahora, han llegado los negocios de compraventa de oro, tiendas de segunda mano y casas de empeño como forma de conseguir dinero rápido.</p>
<ul>
<li><strong>Tiendas de segunda mano: </strong>las hay dedicadas a la venta de electrodomésticos, informática, muebles, joyas o prendas de ropa. Los comerciantes pagan por quedarse estos artículos. <span style="text-decoration: underline">Los clientes se deshacen de lo que no necesitan y ganan un dinero extra</span>.</li>
<li><strong>Negocios de compra-venta de joyas y oro: </strong>venta directa de oro y joyas a tiendas especializadas. No importa si las joyas están rotas, ni el trabajo de orfebrería, solamente se tiene en cuenta el peso del oro. El dinero se consigue entre 24 y 48 horas, aunque <span style="text-decoration: underline">no se pueden recuperar las joyas.</span></li>
<li><strong>Casas de empeño: </strong><span style="text-decoration: underline">Las joyas y los objetos se quedan depositados en la casa de empeño a cambio de una cantidad.</span> Si el día fijado en el contrato no se ha pagado, la casa de empeño se queda con los objetos sin ninguna posibilidad de recuperación. El tiempo de duración del préstamo y la cantidad concedida varían en función del artículo y del comerciante, algunos de estos negocios conceden como máximo 300 euros y la venta del artículo deberá ser por lo menos la cantidad prestada multiplicada por 3; otros conceden hasta 6.000 euros, no hay normas establecidas para todos.</li>
<li><strong>Montes de piedad: </strong>En España aparecen en 1702. Pertenecen a las Cajas de Ahorros y tienen por tanto una seguridad jurídica. Nacieron para ayudar a los más necesitados y en estos tiempos de crisis se ha producido un importante incremento de nuevos clientes. El importe del préstamo suele ser de un 70% del valor del objeto; el 30% restante es para cubrir los gastos de gestión del préstamo. <span style="text-decoration: underline">Al año, el cliente puede renovar el crédito por un año más, cancelar el préstamo pagando los intereses o renunciar al objeto; entonces éste se subasta y si se obtiene un precio superior, la diferencia es para el cliente. </span></li>
</ul>
<p> </p>
<h1>Recomendaciones</h1>
<p><strong>• No precipitarse al tomar una decisión.</strong></p>
<p><strong> </strong><strong>• Pedir el informe de tasación por escrito y una copia del contrato firmado.</strong></p>
<p><strong> </strong><strong>• Fotografiar todas las joyas para evitar equívocos si hubiera que recuperarlas.</strong></p>
<p><strong> </strong><strong>• Comparar para elegir la mejor opción.</strong></p>
<p><strong>RECUERDE:</strong></p>
<p><em>1.      </em><em>La venta de oro es la forma más rápida de obtención de dinero, pero no se pueden recuperar los artículos.</em></p>
<p><em>2.      </em><em>Las casas de empeño pagan cantidades más altas pero tienen intereses más altos.</em></p>
<p>3.      <em>Los Montes de Piedad tienen mayor seguridad jurídica..</em></p>
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		<title>Circular del mes de Enero y Febrero de 2011</title>
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		<pubDate>Thu, 17 Feb 2011 18:36:18 +0000</pubDate>
		<dc:creator>adminNet314</dc:creator>
				<category><![CDATA[Circulares]]></category>
		<category><![CDATA[General]]></category>

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		<description><![CDATA[Ya podéis descargar la circular correspondiente al mes de Enero y febrero de 2011.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Ya podéis descargar la circular correspondiente al mes de Enero y febrero de 2011.</p>
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